Los organismos internacionales pueden ser de muy diversos
tipos. Una clasificación sobre los mismos establece las diferencias:
Duración:
Permanentes: son creados sin fijar un plazo para la
finalización de su mandato. Ej.: ONU
Por sus competencias:
Plenos: son aquellos que tienen plena capacidad de
acción sobre las materias delegadas por los Estados que los crearon y que
pueden adoptar resoluciones a cuyo cumplimiento están obligadas las partes.
(Unión Europea)
Semiplenos: son aquellos que, aún teniendo plena
capacidad, requieren para adoptar resoluciones vinculantes, la decisión preceptiva
previa a cada acto de los miembros que lo componen. (OPEP)
De consulta: cuyas resoluciones no son vinculantes y que
pertenecen al ámbito del estudio reflexión. (OCDE)
Por razón de la materia: según sean las cuestiones que
traten: económicas, culturales, y otras. (CAACI)
Por su composición:
Puros: integrados sólo por Estados soberanos. (Tribunal
Penal Internacional)
Mixtos: en los que, además de los Estados, con voz y, en
algunos casos voto, se integran otras instituciones públicas (municipios,
provincias, Comunidades Autónomas, Estados Federados, etc). (Unesco)
Integrados: en los que participan Estados y otros organismos
internacionales. (FMI)
Autónomos: sólo compuestos por organismos internacionales
previamente existentes.



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